La sentencia del Tribunal Constitucional sobre las cuestiones de legitimidad planteadas por el Tribunal de Boloña y otros sobre la legitimidad de la ley llamada “ius sanguinis” (91/1992), modificada por el decreto Tajani convertido en ley por el Parlamento el 26 de mayo de 2025, confirma la plena constitucionalidad de la ley vigente hasta la presentación del “decreto Tajani” de marzo de 2025 y, por tanto, lo inadecuado e impropio de recurrir urgentemente al decreto para cambiar la legislación italiana en una materia tan delicada.
Este es un resultado importante, porque la Corte, aunque no se refirió específicamente a la nueva legislación, declaró la infundación de las cuestiones de legitimidad e inconstitucionalidad planteadas por los Tribunales.
Al mismo tiempo, el Tribunal Constitucional quiso reiterar solemnemente que cualquier decisión de intervenir en la cuestión de la ciudadanía corresponde al Parlamento, mientras que al Tribunal le corresponde comprobar la constitucionalidad de las normas antes mencionadas; También en este caso, considerando el uso del decreto de emergencia y la consiguiente fuerte y grave limitación de las prerrogativas parlamentarias, el Tribunal señala con autoridad, aunque indirectamente, la manera irregular en que el gobierno italiano decidió intervenir en el tema, además en vísperas de una sentencia tan importante.
Seguiremos prestando gran atención en el Parlamento y entre los italianos en el extranjero a esta cuestión y a la necesidad de modificar una ley que ha causado consternación y “desorientación” entre los italianos en el extranjero, como lo reiteró el discurso ante el CGIE del Presidente de la República, que pidió un análisis en profundidad y, por tanto, un replanteamiento del contenido de la actual ley 75/2025.
Fonte: Oficina de Prensa Excmo. Fabio Porta