Porta (PD) – negación de la asignación única a los niños residentes en el extranjero: el gobierno cuestionado

He interpelado al Ministerio de Trabajo en la Comisión de Asuntos Sociales de la Cámara – junto con mis colegas Christian Di Sanzo y Toni Ricciardi – para obtener aclaraciones sobre el hecho de que el INPS sigue negando, en nuestra opinión injustamente, la asignación única universal a los residentes solicitantes en Italia pero con hijos a su cargo que residen en el extranjero, como si estos últimos no formaran parte de la misma unidad familiar y como si, de hecho, no dependieran de los padres (o del progenitor) que residen en Italia.

En cambio, creemos que, en virtud de la legislación italiana actualmente en vigor que regula el derecho al subsidio único y, sobre todo, de la legislación de la UE y de las normas comunitarias de seguridad social, el subsidio único debe pagarse, si se cumplen todos los requisitos legales, incluso para los hijos a cargo que residen en el extranjero del solicitante que reside en Italia.

La negativa del Instituto italiano de seguridad social a reconocer el derecho a la AUU parece deberse a que la asignación única universal no debería concederse a los hijos a cargo que residen en el extranjero porque no formarían parte del núcleo del ISEE – incluso si son dependientes! – porque no viven juntos.

En realidad – como señalamos en la interrogación – la propia ley que establece la Asignación Única prevé la concesión del beneficio, aunque con un monto mínimo exigido por la ley, incluso a quienes lo soliciten en ausencia del ISEE. Pero sobre todo – hemos subrayado – en varias ocasiones el Tribunal de Justicia Europeo ha dictaminado que (sobre la base del artículo 7 del Reglamento nº 883/2004, titulado «Abolición de las cláusulas de residencia») las prestaciones en dinero debidas en virtud de la legislación de uno o más Estados miembros no están sujetos a ninguna reducción, modificación o suspensión, supresión o decomiso por el hecho de que el beneficiario o sus familiares residan en un Estado miembro distinto de aquel en el que esté situada la entidad deudora. Además – queríamos destacar – que la Comisión Europea ha abierto dos procedimientos de infracción contra Italia en relación con la asignación única y ha enviado al Gobierno italiano una carta con un dictamen motivado – que prevé una respuesta urgente para evitar una posible remisión al Tribunal  de la justicia europea -en la que explicó que la petición de dos años de residencia y el requisito de “vivir a cargo”- que prevé una respuesta urgente para evitar una posible remisión al Tribunal de Justicia Europeo -en el que explicaba que la solicitud de dos años de residencia y el requisito de “vida en dependencia” -necesarios para obtener la Asignación Única- “violan los principios de la UE”. “La ley ya que no tratan a los ciudadanos de la UE por igual, lo que se considera discriminación”.

Por estas razones hemos preguntado al Ministro de Trabajo si no considera lógico, justo y adecuado reconocer el derecho al subsidio único universal (actualmente denegado) a los solicitantes residentes en Italia pero con una unidad familiar dependiente residente en el extranjero.

Esperamos una respuesta oportuna y positiva porque hay miles de ciudadanos que residen en Italia pero tienen hijos en el extranjero a quienes se les niega un derecho sacrosanto.

Fonte: Oficina de Prensa Hon. Fabio Porta

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